El Sala Constitucional valida la legalidad de la exigencia de medidas de seguridad digital en dispositivos privados de funcionarios de la SUTEL (Superintendencia de Telecomunicaciones).
Esto, entre los número de voto 2025-32917la Corte analizó si la Obligatorio instalar aplicaciones de seguridad en teléfonos personales. violaron los derechos fundamentales de los trabajadores.
Los orígenes del conflicto: Privacidad vs. Ciberseguridad
El caso fue llevado ante la Corte por el Titular de la Dirección General de Calidad de SUTEL. El recurrente presentó un recurso de amparo contra los directivos de la institución, alegando que el personal fue obligado a instalar la aplicación. Punto de autenticación WatchGuard en sus teléfonos móviles personales.
Según la demanda, esta disposición tiene el artículo 24 de la Constitución Políticaque afecta directamente:
- el derecho a privacidad.
- La inviolabilidad de los documentos privados.
- El secreto de la comunicación.
Veredicto del tribunal: soporte para la autenticación multifactor
La institución tiene la medida como requisito indispensable de autenticación de dos factores (MFA) para activar el modo teletrabajo. Tras el análisis de los magistrados, la Sala decidió desestimar la apelación el 10 de octubre de 2025.
Con este fallo se establece que el uso de una herramienta de autenticación en un dispositivo personal no constituye una intrusión ilegal en la vida privada del funcionario, sino más bien es una medida proporcionada para garantizar la integridad de los sistemas institucionales durante el trabajo remoto.
Detalles clave de la resolución
- Número de expediente: 25-024824-0007-CO.
- Fecha de decisión: 10 de octubre de 2025.
- Tema: Derecho al trabajo y ciberseguridad.
- Entidad involucrada: SUTEL.
Leer la resolución aquí.
















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