Shopping cart

  • Home
  • Política
  • La Procuraduría afirma que la publicidad dirigida a menores puede ser regulada.
Política

La Procuraduría afirma que la publicidad dirigida a menores puede ser regulada.

En resumen, la legislación reciente establece que todos los anuncios dirigidos a un público menor de edad deben contar con la aprobación previa del Ministerio del Interior, en colaboración con el Comité Nacional de Niños (PANI). Esta medida refleja un enfoque más consciente y responsable hacia la protección de los menores en el entorno publicitario.

Esta iniciativa ha suscitado diversas preguntas y debates sobre la naturaleza de esta supervisión. Algunos se preguntan si esto podría interpretarse como una forma de censura previa y en qué medida se estaría aplicando. En este contexto, un episodio de análisis realizado por la oficina del Ministro de Justicia se centró en evaluar las implicaciones del último capítulo del proyecto de ley.

Claros son algunos puntos que se resaltan en este análisis. La conclusión general es que existe un marco legal que permite la aprobación de leyes sobre esta temática, pero integrando variables bien definidas. Esto se traduce en una regulación que busca proteger los derechos de los menores a través de pautas únicas en el ámbito de la publicidad.

“Esta iniciativa se fundamenta en varias regulaciones internacionales, que tienen como objetivo defender los derechos de los menores frente a la publicidad que pueda resultar dañina. Por ejemplo, el Acuerdo sobre los Derechos del Niño y el Acuerdo de Derechos Humanos de los Estados Unidos permiten que se imponga regulación y control previo respecto a la libertad de expresión, todo en aras de proteger la ética, bienestar y salud de los jóvenes,” explica uno de los promotores de la legislación.

Pero, ¿qué regulaciones se especifican para la publicidad?

En su formulación más reciente, el borrador del proyecto de ley 24,554, impulsado por los diputados Yonder Salas, Rosalía Brown y Olga Morera, amplía su cobertura a todas las formas de anuncios. Esto incluye promociones en medios de televisión, radio, plataformas digitales y cualquier evento en vivo.

La propuesta estipula que todos los anuncios deben ser presentados ante las autoridades competentes, quienes tendrían un plazo de 15 días para manifestar su aprobación o rechazo. Esto establece un control riguroso sobre el contenido que se dirige a los menores.

Las directrices generales son las siguientes:

  • Los mensajes deben evitar cualquier forma de discriminación, ridiculización o desprecio hacia asuntos como la apariencia física, la raza, la religión, la edad y la discapacidad de un individuo.
  • No deben presentar modelos a seguir que promuevan situaciones perjudiciales para la salud o desarrollo óptimo de los menores.
  • Se prohíbe hacer llamamientos a la orientación sexual o incluir contenidos que sean eróticos o seductores.
  • Los anuncios no pueden aprovechar la ingenuidad o inexperiencia inherente a los menores para manipular su juicio.
  • Tampoco se permitirá el acceso de los menores a bienes y servicios que no están legalmente diseñados para su edad.
  • Se evitará el uso de testimonios o contenidos ideológicos que pudieran inducir a confusión o error en los menores.
  • No se permitirá la representación de niños en situaciones de peligro, a menos que se incluya una advertencia de seguridad adecuada.
  • Finalmente, queda prohibido crear expectativas engañosas o generar sentimientos de inferioridad en los menores al no adquirir un producto o servicio.
Además, el proyecto de ley establece que se prohibirá la publicidad, en cualquier forma, en el material docente y educativo destinado a niños menores. Esta norma impactará a quienes estudian en jardines de infancia, escuelas primarias y secundarias superiores en el país. (Archivo)

Preguntas sobre las sanciones

El proyecto de ley contempla medidas para que el interior y el PANI puedan prohibir publicaciones que no respeten el procedimiento establecido. Además, para aquellas infracciones que se repitan, se prevén multas de hasta 10 salarios básicos, lo que equivale a aproximadamente ¢ 4,620,000 según la normativa actual.

Vale la pena mencionar: Proyecto TSE para gestionar anuncios electorales en plataformas digitales; Chaves ha afirmado que desestimaría un veto.

Sin embargo, respecto a las autoridades que tendrían un plazo de 15 días para aprobar la publicidad, el Ministro de Justicia ha indicado que se requieren correcciones en el proyecto.

“Es fundamental explicar cuáles serán las consecuencias derivadas de su PGR-OJ-052-2025.

Esto se complementa con el llamado a “especificar qué procedimiento se usará para aplicar sanciones y multas”. Esta última parte es crucial para asegurar que la normativa sea integral y no se limite a disposiciones temporales.

Comentarios cerrados

Noticias relacionadas