Un grupo de centros comerciales de nuestro país acordaron la derecho de admisión con respecto a personas que se identifican como “Therians” y entran con máscaras, disfraces o que tienen comportamientos que afectan a otros visitantes.
La lista es la siguiente:
- Este
- Plaza Lincoln
- Avenida Escazú
- Pueblo de Escazú
- Paso
- Terraza Lindora
- Oxígeno
- Paseo de las flores
- Multicentro para personas sin hogar
- Paseo por la Metrópolis
- Plaza Real Alajuela
- Centro Comercial San Pedro
- Centro de Santa Ana
- Centro comercial de la ciudad
- Distrito 4
- Papá Noel verde
- Multiplaza Escazú
- Multiplaza Curridabat.
Por otra parte, esta organización indicó que esta decisión no obedece a criterios discriminatorios y está amparada en el marco legal vigente.
“Los centros comerciales del país reiteran su compromiso de brindar espacios seguros, respetuosos y apropiados para todas las personas, garantizando el cumplimiento de la normativa nacional y su normativa interna”, afirmó. Federico Baltodano, Portavoz del Grupo CECO y Director de Proyectos de Cartera Inmobiliaria.
Criterios considerados para la aplicación del derecho de admisión
- Prohibida la entrada con máscaras o disfraces.: No se permite el acceso con mascarillas, disfraces u otros elementos que impidan la correcta identificación de las personas, salvo en actividades oficiales previamente autorizadas por la administración. De detectarse estas condiciones, el personal de seguridad podrá solicitar la retirada del accesorio o en su defecto la salida del visitante.
- Comportamiento que afecta la convivencia: Al tratarse de entornos familiares y espacios privados de uso público, cualquier conducta que altere el orden, genere malestar o represente un riesgo para otras personas puede motivar la aplicación del derecho de admisión. Esto incluye comportamientos que imitan el comportamiento animal u otros actos que son inapropiados para un espacio comercial abierto al público.
- Marco legal actual: En Costa Rica no existe una legislación específica respecto de las personas que se identifican como animales. En consecuencia, los centros comerciales aplican la normativa vigente correspondiente a personas físicas y, en el caso de animales, únicamente la prevista para mascotas autorizadas de acuerdo con la normativa nacional.
- Asignación por mascota: Cada centro comercial tiene sus propias restricciones especiales en cuanto a la entrada y estancia de mascotas las cuales seguirán vigentes.
















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