La ley de protección de las áreas silvestres protegidas (ASP) fue aprobada por los diputados en segundo debate.
Esta norma prohíbe el ingreso y permanencia de visitantes, la realización de actividades en las ASP, incluso si son áreas de uso público.
El SINAC será el encargado de aplicar las multas correspondientes a las personas que infrinjan la ley.
Entre las multas que quieren establecer, hay una multa base que va desde ¢1.386.600 para quienes incumplen la normativa y se aplican a personas o empresas que, incluso a través de plataformas digitales, promueven actividades no autorizadas dentro de áreas protegidas.
En el caso de los operadores turísticos, Las sanciones serán de más de ¢3 millones. Si un guía o empresa ingresa a zonas catalogadas como de alto riesgo con visitantes, La multa puede ascender a ¢4.622.000.
Durante diciembre de 2025 y enero de 2026, Se detectaron 408 personas ingresando por puntos no autorizados.
El Volcán Irazú encabeza la lista con 200 casos, seguido de la Isla San Lucas con 88. También se registraron ingresos ilegales en Bahía Junquillal, Gandoca-Manzanillo y Juan Castro Blanco.














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