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La extradición nacional es sólida en casos de tráfico de drogas y terrorismo.

La Reunión legislativa del país, en su tercer artículo debatido durante la segunda legislatura, culminó con la aprobación unánime de 45 representantes que respaldaron una importante reforma constitucional. Esta modificación permite la extradición de los ciudadanos costarricenses en el contexto de delitos graves como el tráfico de drogas y el terrorismo internacional. Esta decisión subraya un avance significativo en la lucha contra el crimen organizado y la colaboración internacional en la justicia penal.

A esta reforma se le asigna el archivo número 23.701, titulado: “Reforma al artículo 32 de la constitución política de la República de Costa Rica para permitir la extradición de los nacionales”. Este documento fue presentado por la diputada oficial Pilar Cisneros y ha sido objeto de amplia discusión y análisis por diversos sectores de la sociedad costarricense.

Prohibición

Tal como se reafirmó en el proceso legislativo, un juez local será el encargado de evaluar cada caso que requiera la extradición de un costarricense. De esta forma, los legisladores han sido claros al afirmar que es fundamental considerar las causas específicas que motivan la solicitud de la extradición por parte de la justicia internacional. Esto asegura que se respeten los derechos del individuo en cuestión, preservando los principios de justicia y equidad.

Además, es importante destacar que la legislación costarricense establece que el país que solicita la extradición debe garantizar que la persona extraditada no se enfrente a la posibilidad de una cadena perpetua o a una pena de muerte, dado que tales sanciones están prohibidas por la Carta Magna de Costa Rica. Esta salvaguarda refleja el compromiso del país con los derechos humanos en el proceso de extradición.

Proceso largo

Después de la votación en el segundo debate, la reforma no se implementó de inmediato en la Primera Legislatura. Para que la reforma se convirtiera en ley, pasó por un proceso riguroso que exigió varios pasos. Primero, el presidente de la República, Rodrigo Chaves, presentó la reforma en su discurso de rendición de cuentas el 2 de mayo de 2025 en la Asamblea Legislativa, lo que marcó un hito en su consideración pública.

Posteriormente, los debates requeridos fueron realizados para cumplir con los requisitos necesarios antes de la aprobación final. En total, fueron necesarios tres debates en esta segunda legislatura para que la reforma pudiera avanzar hacia su formalización y convertirse en una normativa vigente.

  • El presidente de la República, Rodrigo Chaves, citó la reforma durante su discurso sobre el informe de trabajo el 2 de mayo de 2025 en la Asamblea Legislativa.
  • Luego de dicho informe, se llevó a cabo un proceso de debates que debió completarse en la compensación.
  • Tras la aprobación de los tres debates, la modificación al artículo 32 de la constitución política se consideraría firme.

El texto de la reforma se expresa de la siguiente manera:

Artículo 32:

“Ningún costarricense puede verse obligado a abandonar el área nacional a menos que el caso del tráfico internacional de drogas o el terrorismo, la extradición haya sido otorgada por los tribunales de justicia, con un cumplimiento estricto de los derechos fundamentales y las garantías procesales reconocidas en esta constitución”.

Es crucial mencionar que, aunque la reforma ha sido aprobada, no entrará en vigor de manera inmediata, ya que el texto requiere ser corregido y posteriormente publicado en los medios oficiales para su implementación. En este punto, corresponde al poder ejecutivo llevar a cabo el cumplimiento y la publicación de dicha reforma.

Leer más: Pusc pide a los delegados que se reformen por Streamlin para la extradición de ticos

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