Durante este año 2025, se ha reportado un alarmante aumento superior al 50% en el abandono de adultos mayores en el Hospital San Juan de Dios. Esta cifra representa una notable preocupación social que debe ser abordada inmediatamente. Las autoridades de este hospital han indicado que han manejado un informe hasta la fecha que documenta un total de 40 casos de abandono de personas mayores, lo que pone de relieve la urgencia de esta situación.
¿Por qué los abandonan?
Las autoridades han señalado que, en su mayoría, las personas que son abandonadas en este centro médico presentan un conjunto de condiciones de salud que las hacen especialmente vulnerables. En muchos casos, se trata de enfermedades crónicas que incluyen no solo la diabetes mellitus y la hipertensión arterial, sino que también existen otras afecciones severas que impactan gravemente su calidad de vida, como se detalla a continuación:
- Fracturas de cadera.
- Dependencia funcional y/o cognitiva.
- Síndrome y problemas de audición y demencia.
- Lesiones por caídas y trauma craneocerebral.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) que requiere dependencia del oxígeno de los hogares.
- Accidentes cerebrovasculares (ECV) que pueden dar lugar a consecuencias como hemiparesia o hemiplejia.
- Infecciones intra-hospitalarias ocasionadas por organismos multirresistentes.
¿Qué protocolo se aplica en estos casos?
Con el objetivo de abordar estos casos de abandono, los centros médicos como el Hospital San Juan de Dios han establecido un claro protocolo que deben seguir. Primero, se realiza una evaluación integral del caso, la cual involucra un análisis detallado del contexto de vida del paciente, así como de las redes familiares y de apoyo institucional que puedan existir.
En situaciones en las que la familia del paciente se niega a recibirlo al momento del alta, se procede a presentar una queja formal ante el ministerio público por la sospecha de abandono de incompetentes. Esta acción está relacionada con el Artículo 142 BIS del Código Penal y el Artículo 169 del Código de Familia, que aboga por la protección de los padres con respecto a sus hijos y adultos mayores.
Posteriormente, el programa de deserción se activa, el cual tiene como objetivo continuar la atención adecuada del paciente y remitir un informe social al Consejo Nacional de Ancianos (CONAPAM), organismo que puede ayudar a reubicar al anciano en un entorno de protección adecuado.
Dicho informe incluye los resultados de la valoración social y los elementos que validan el diagnóstico de violencia o abuso al anciano. En caso de que la respuesta de CONAPAM sea insatisfactoria o demore, se procede con una acción legal suplementaria.
En este contexto, el Servicio de Trabajo Social lo que hace es solicitar a la Dirección General del Hospital y al Asesoramiento Legal que presenten una apelación de AMPARO ante la Sala Constitucional. Este paso se da como defensa del derecho constitucional del paciente a tener un entorno saludable y equilibrado, el cual, lamentablemente, el hospital no puede garantizar debido a la inacción de CONAPAM.
Finalmente, en caso de que la resolución judicial sea favorable, el graduado de la casa indicado por CONAPAM será coordinado para garantizar que el paciente reciba la atención y cuidado que merece en un entorno seguro.
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