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Nacionales

Los medios de comunicación deben difundir alertas sobre mujeres desaparecidas.

La Reunión legislativa de Costa Rica ha tomado un paso significativo en la protección de las mujeres al aprobar, el pasado miércoles, el primer debate del denominado “Ley de Kimberly” con un total de 44 votos a favor. Esta legislación busca implementar medidas concretas para mejorar la respuesta ante los casos de mujeres desaparecidas, un problema lamentablemente recurrente en el país.

Uno de los aspectos más destacados de esta iniciativa es la obligación que recae sobre los medios de comunicación para emitir advertencias públicas sobre la desaparición de mujeres. La ley establece que, en caso de una desaparición, se debe activar un protocolo de atención inmediata que incluya la difusión de información relevante para facilitar la búsqueda y el rescate de la persona desaparecida. En este sentido, se propone la creación de una alerta nacional obligatoria y un protocolo de acción rápida, a ser activado ante la desaparición o la no localización de una mujer mayor de edad en Costa Rica. Este nuevo enfoque busca cambiar la narrativa y la respuesta social ante la desaparición de mujeres, reforzando la urgencia y la seriedad del asunto.

El nombre de esta ley rinde homenaje a Kimberly Araya, una joven madre que fue brutalmente asesinada en abril de 2024 presuntamente por su esposo, y cuyo cuerpo fue localizado en la Ruta 32. Este trágico caso ha resonado en la sociedad costarricense, convirtiéndose en un llamado de atención para tomar acciones más contundentes en la defensa de los derechos y la seguridad de las mujeres.

María Marta Carballo, representante del PUSC. Foto -Asamblea legislativa.

La iniciativa fue presentada por María Marta Carballo, jefa de la fracción del Partido Cristiano de la Unidad Social (PUSC). El objetivo principal de esta legislación es definir acciones inmediatas y procedimientos claros para lograr una adecuada coordinación interinstitucional que permita prevenir, atender y monitorear los casos de desapariciones o de no localización de mujeres mayores de edad. El establecimiento de un procedimiento efectivo es vital para garantizar que cada caso sea tratado con la urgencia que requiere.

Un segmento esencial de la legislación es la obligación de los medios de comunicación de emitir alertas sobre mujeres desaparecidas de manera rápida y gratuita. Según lo establecido en el proyecto, estas alertas deben incluir el nombre completo de la mujer, su edad, fotografías, descripción de la última vestimenta que llevaba puesto y el lugar donde fue vista por última vez, así como información de contacto para recibir pistas que ayuden a resolver el caso.

Además, el proyecto contempla la posibilidad de intervenir comunicaciones y acceder a documentos privados en casos donde haya sospechas de que una persona posea información que pueda ser crucial para la resolución del caso en cuestión.

Sanciones

La legislación no solo establece normas y procedimientos, sino que también contempla sanciones para aquellos que no cumplan con las obligaciones señaladas. En este sentido, se establecen las siguientes disposiciones:

  • Se podrá imponer una sanción que va de cinco a treinta días de prisión para el oficial que no cumpla con las obligaciones asociadas a una desaparición o no localización de una mujer mayor de edad.
  • Asimismo, se prevén multas que van de uno a cuatro años de descalificación para los funcionarios públicos que no lleven a cabo las acciones requeridas por esta ley o que la retrasen indebidamente.

En conclusión, el proyecto se encuentra ahora en espera de su segundo y definitivo debate programado para el 29 de abril, un paso crucial en el avance de esta legislación que podría cambiar la forma en que se manejan los casos de desapariciones de mujeres en Costa Rica.

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